PUBLICACIÓN: Rechazo en las fronteras exteriores europeas con Marruecos, inmigración y derechos humanos en las vallas de Ceuta y Melilla, 2005-2017, por Inmaculada González García 27 marzo 2019
Las denuncias por ONGs y otras instancias, nacionales e internacionales, de violaciones de derechos humanos, en los procedimientos de expulsión-devolución de los inmigrantes subsaharianos que llegaban a España procedentes de Marruecos, llevaron al Gobierno español a una reforma indirecta de la Ley de Extranjería. Así, la entrada en vigor, el 1 de abril de 2015, del nuevo “procedimiento” de rechazo en frontera, vino a avalar la práctica española de las devoluciones en caliente que desde 2005 realizan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, atendiendo al concepto operativo de frontera (a los solos efectos de extranjería). Y todo ello, en respuesta a la singularidad que presenta el control del perímetro fronterizo de Ceuta y Melilla, que ya era recogida en la normativa española de extranjería y en el Código de fronteras Schengen. Por lo tanto, analizaremos en este estudio la conveniencia y legalidad del rechazo en frontera en el marco de las relaciones de cooperación hispano-marroquíes en materia de inmigración, así como los mecanimos de protección de los derechos humanos de estos inmigrantes subsaharianos en el Derecho Internacional y Europeo. Resumen del artículo de la profesora Inmaculada González García “Rechazo en las fronteras exteriores europeas con Marruecos, inmigración y derechos humanos en las vallas de Ceuta y Melilla, 2005-2017” en el número 43-2017 de la Revista General de Derecho Europeo.